lunes, 23 de octubre de 2017

DESTINO DE LOS BIENES DEL FINAL DE LOS TEMPLARIOS

DISTRIBUCION Y DESTINO QUE SE DIO A LOS
BIENES QUE FUERON DE LOS TEMPLARIOS
La Orden de los Templarios poseía muchos bienes y vasallos en Castilla, como que parece tenían 24 bailias o encomiendas, y más de diez y ocho pueblos de mucha consideración. De todos estos bienes se apoderó el Rey don Fernando IV luego que se comenzó a proceder contra ellos, quedándose con una buena parte, y dando la otra a las ordenes de Santiago y Calatrava.
El mismo Soberano dispuso de aquellos bienes antes de la celebración del concilio de Viena, pues consta que en el año de 1208 concedió cierto derecho que les había pertenecido, a la Orden de Santiago; y en el año de 1312 dio a Gonzalo Gómez de Caldelas la casa del Ventoso en tierra de Jerez de Badajoz que también había sido del Temple.
En el reinado de don Alonso XI, hijo y sucesor de don Fernando, continuó la corona disponiendo de aquellos bienes, pues en 1344 concedió a su hijo don Fabrique, XXV maestre de Santiago y a su Orden, las villas de Caravaca, Caheguin y Bullas que habían sido de la Orden del Temple, si bien que de la de Caheguin ya parece eran dueños los de Santiago, pues esta Orden, la de Calatrava, y algunos ricos hombres o ciudadanos de la frontera, se habían apoderado de varios pueblos y castillos de los Templarios, por hallarlos abandonados, y expuestos a caer en manos de los moros.
El Papa Juan XXII, sucesor de Clemente V parece no llevó a bien que el Rey dispusiese de los bienes de los Templarios; y por lo mismo mandó que fuesen entregados todos a los caballeros de la Orden de San Juan, dando comisión para ello al Prior de esta Orden en Castilla; pero los detentores de dicho bienes fundados en el derecho y regalías de la corona, se resistieron formalmente a la entrega.
El Prior recurrió al Papa, quien dio nueva comisión al Arzobispo de Santiago para que hiciese llevar a efecto la Bula con todo rigor de derecho; pero parece que este litigio se cortó, pues que tanto la corona como las Ordenes de Santiago, Calatrava y Montesa continuaron poseyendo los bienes de que se habían apoderado, aunque también se dieron algunos a la de San Juan de Jerusalén; pero solo por una donación graciosa, y no por obligación que creyesen tener nuestros Soberanos.
Los bienes que los Templarios poseían en Navarra, sin dificultad se aplicaron como en Francia a la Orden de San Juan, pues reinaba en ella Luis Hutin hijo de Felipe el Hermoso.
Los de Portugal se destinaron también para la nueva Orden Militar, que a solicitud del Rey aprobó el Papa en 1319 con el nombre de Milicia de Jesucristo en los reinos de Portugal y Algarbe, para la defensa de la fe cristiana y destrucción de los moros que invadían el país. El Rey don Dionisio dio a los caballeros de la nueva milicia, u Orden de Cristo, la villa de Castromarin por cabeza de ella; pero después lo fue el convento de Thomar por haber sido antes sacro convento y cabeza de la Orden del Temple en aquel reino.
La Bula Vox in excelso audita est, etc. Y la que principia Considerantes dudum, no se hallan en las colecciones regulares de concilios, ni en los historiadores más célebres, habiendo estado generalmente olvidadas por algunos siglos. El célebre anticuario don Jaime Caresmar, canónigo premonstratense de Nª. Sª. De las Avellanas en Cataluña, fue el que dio noticia de la primera Bula, publicando un discurso muy erudito, y una copia coetánea de ella, que halló registrado el archivo de la Iglesia abadial de Ager en el mismo principado.
Esta y la otra fueron publicadas después por don Joaquín Lorenzo Villanueva en su viaje literario en las Iglesias de España, que copió del Registro de los Templarios formado en aquel tiempo, y que se guarda en el archivo general de la corona de Aragón en Barcelona, y con este motivo dio también otras noticias tomadas de dicho registro